Incapacidad por covid o priorización para trabajo en casa no implican detrimento para empleador
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Los numerales 14.12 y 14.13 del artículo 14 del Decreto 1374 del 2020, por el cual se optimiza el Programa de Pruebas, Rastreo y Aislamiento Selectivo Sostenible (PRASS) para el monitoreo y seguimiento de casos y contactos de covid-19, determinan que es obligación de las entidades encargadas del aseguramiento disponer de canales no presenciales para el reconocimiento de las incapacidades, así como pagar aquellas de origen común a los afiliados al régimen contributivo diagnosticados e incapacitados por covid-19.