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Normativa/Concepto 220581

Durante licencias no remuneradas se deben pagar aportes al sistema integral de seguridad social

Ámbito Jurídico
Consulta el Concepto De acuerdo con lo previsto en el artículo 2.2.5.5.5 del Decreto 1083 del 2015, la licencia ordinaria es aquella que se otorga al empleado por solicitud propia y sin remuneración, hasta por 60 días hábiles al año, continuos o discontinuos, que puede prorrogarse hasta por 30...
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Portal Gestiónhumana.com. (22 de September de 2021) Durante licencias no remuneradas se deben pagar aportes al sistema integral de seguridad social. Recuperado el 7 de June de 2025, de https://gestionhumana.com/normativa/durante-licencias-no-remuneradas-se-deben-pagar-aportes-al-sistema-integral-de-seguridad
Portal Gestiónhumana.com. Durante licencias no remuneradas se deben pagar aportes al sistema integral de seguridad social. 22 de September de 2021. 7 de June de 2025 <'https://gestionhumana.com/normativa/durante-licencias-no-remuneradas-se-deben-pagar-aportes-al-sistema-integral-de-seguridad>.
Portal Gestiónhumana.com. Durante licencias no remuneradas se deben pagar aportes al sistema integral de seguridad social, 22 de September de 2021. https://gestionhumana.com/normativa/durante-licencias-no-remuneradas-se-deben-pagar-aportes-al-sistema-integral-de-seguridad. (último acceso: 7 de June de 2025).
Portal Gestiónhumana.com. Durante licencias no remuneradas se deben pagar aportes al sistema integral de seguridad social[Internet].2025. [citado el 7 de June de 2025]. Disponible en: https://gestionhumana.com/normativa/durante-licencias-no-remuneradas-se-deben-pagar-aportes-al-sistema-integral-de-seguridad.
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