Pasar al contenido principal
Navega las conversaciones de la comunidad o crea una propia

Respuestas: 1

BASE COTIZACION SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL INTEGRAL- OTRAS INQUIETUDES

Como se determina la base de cotización al sistema de seguridad social integral para las personas vinculadas mediante contrato de trabajo, como sacar esta base bien para evitar inconvenientes con la UGPP y para hacerlo bien

Como se cotiza a la seguridad social si gana menos del minimo
Como se cotiza a la caja si tiene vacaciones compensadas
como se cotiza si tiene salario integral
como se determina el nivel de riesgo del trabajador
se debe cotizar a la caja de compensación por los trabajadores incapacidades
que cuentas contables son las que se registran las incapacidades
como se recobran las incapacidades
Que requisitos deben tener las empresas para ser beneficiaria de los programas de fomento de empleo que tiene la UGPP

sandritaspfg7@gmail.com,
Responder

Tener en cuenta qué:

  • Todos los pagos con carácter salarial —salario básico, horas extras, recargos, bonificaciones habituales— se incluyen en la base de cotización, sin tope.
  • Según la Ley 1393 de 2010 y el Acuerdo UGPP 1035 de 2015, los pagos no salariales pactados (viáticos, transportes) se incluirán solo en el exceso del 40% del total de la remuneración
  • Base = Total remuneración mensual (salario + extras + pactos no salariales) – el 40% permitido de pagos no constitutivos.
    Si esto no se hace bien, la UGPP puede identificar inconsistencias y imponer sanciones

 

2. ¿Cómo se cotiza si gana menos del salario mínimo?

  • Si un empleado gana menos del SMMLV, la base de cotización se ajusta al salario real devengado, sin obligación de elevarla al mínimo.
  • Sin embargo, no puede cotizarse por debajo del salario mínimo si se trata de ingresos variables o pactos que implican mayor remuneración.

 

3. ¿Cómo se cotiza si tiene vacaciones compensadas en dinero?

  • Las vacaciones en dinero constituyen pagos laborales sujetos a cotización.
  • Se reportan dentro de la base del periodo en el que se pagan, incluyendo salud, pensión y parafiscales, según norma establecida en correspondencia con fallos y conceptos de UGPP

 

4. ¿Cómo cotiza si tiene salario integral?

  • En contratos de salario integral, donde ya se incluyen primas, cesantías y vacaciones (salario ≥ 13 SMMLV), la empresa no realiza aportes adicionales por prestaciones.
  • Sin embargo, el aporte a seguridad social se realiza sobre ese salario único:
    • Salud 12.5%
    • Pensión 16%
    • ARL según nivel de riesgo

 

5. ¿Cómo se determina el nivel de riesgo del trabajador?

  • Según el Decreto Ley 1295 de 1994, el nivel se define por la actividad económica y peligrosidad, según la empresa y el cargo
  • La ARL asigna una clase (I a V) que indica el porcentaje de aporte obligatorio.

 

6. ¿Se debe cotizar a la caja de compensación por incapacidades?

  • No. Las incapacidades por enfermedad común o accidente laboral, aunque sean compensadas por EPS o ARL, no están sujetas a cotización a la caja de compensación familiar.

 

7. ¿Qué cuentas contables se utilizan para registrar incapacidades?

  • Se registran como gastos de personal:

Concepto

Cuenta contable sugerida

Incapacidad laboral

5225 – Incapacidades laborales

Incapacidad común

5224 – Incapacidades comunes

Descuentos empleados

2365 – Retenciones a empleados

 

8. ¿Cómo se recobran las incapacidades?

  • La EPS o ARL paga directamente al empleado o a la empresa.
  • Si la empresa adelantó el pago, debe recolectar este valor mediante:
    • Nota de crédito
    • Abono a cuenta
      y reflejarlo contablemente como ingreso de recuperación.

 

9. Requisitos para acceder a programas de fomento de empleo de la UGPP

  • Según la Ley 2244 de 2022 y normas conexas, la empresa debe:
    • Estar al día en aportes SGSS y parafiscales.
    • Tener PILA actualizada y sin sanciones.
    • Registrar contratación de nuevos trabajadores, especialmente jóvenes, mujeres y población vulnerable.
    • Presentar soporte documental que acredite cumplimiento y términos de la contratación.

Tambien te invitamos a consultar: https://www.gestionhumana.com/memorias/resoluciones-medicas-ocupacionales-claves-para-la-resolucion-1843-de-2025

 

Responder