Skip to main content
0/ 0

Te invitamos a suscribirte para consultar noticias

Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia

Contribución económica del hijo fallecido no debe ser absoluta para que proceda pensión de sobreviviente

Ámbito Jurídico
El derecho a la pensión de sobrevivientes debe ser dirimido a la luz de la ley que se encuentra vigente al momento del deceso del afiliado o pensionado. En el caso que analizó la Corte Suprema de Justicia regían los artículos 46 y 47 de la Ley 100 de 1993, modificados por los artículos 12 y 13 de la...
HAS COMPLETADO EL LÍMITE DE NOTICIAS
SUSCRÍBETE Y CONTINÚA LA EXPERIENCIA LEGIS
Cita este artículo:
Portal Gestiónhumana.com. (4 de March de 2024) Contribución económica del hijo fallecido no debe ser absoluta para que proceda pensión de sobreviviente. Recuperado el 28 de April de 2025, de https://gestionhumana.com/normativa/contribucion-economica-del-hijo-fallecido-no-debe-ser-absoluta-para-que-proceda-pension
Portal Gestiónhumana.com. Contribución económica del hijo fallecido no debe ser absoluta para que proceda pensión de sobreviviente. 4 de March de 2024. 28 de April de 2025 <'https://gestionhumana.com/normativa/contribucion-economica-del-hijo-fallecido-no-debe-ser-absoluta-para-que-proceda-pension>.
Portal Gestiónhumana.com. Contribución económica del hijo fallecido no debe ser absoluta para que proceda pensión de sobreviviente, 4 de March de 2024. https://gestionhumana.com/normativa/contribucion-economica-del-hijo-fallecido-no-debe-ser-absoluta-para-que-proceda-pension. (último acceso: 28 de April de 2025).
Portal Gestiónhumana.com. Contribución económica del hijo fallecido no debe ser absoluta para que proceda pensión de sobreviviente[Internet].2025. [citado el 28 de April de 2025]. Disponible en: https://gestionhumana.com/normativa/contribucion-economica-del-hijo-fallecido-no-debe-ser-absoluta-para-que-proceda-pension.
Ver comentarios