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Indemnización moratoria o salarios caídos |
Se conoce como tal la indemnización que se genera por la falta de pago a la terminación del contrato de trabajo de la totalidad de los salarios y prestaciones que el empleador adeuda al trabajador.
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Vacaciones |
Durante el período de vacaciones el trabajador debe recibir el salario ordinario que esté devengando el día que comience a disfrutarlas. Este salario ordinario está formado por todo lo que recibe el trabajador como remuneración de sus servicios, excepto el valor del trabajo en días de descanso obligatorio y de horas extras. El recargo nocturno y lo recibido por descanso obligatorio remunerado, sí debe computarse dentro del salario ordinario...
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Protección a la maternidad |
La licencia de maternidad para madres de niños prematuros, tendrá en cuenta la diferencia entre la fecha gestacional y el nacimiento a término, las cuales serán sumadas a las dieciocho (18) semanas. Cuando se trate de madres con parto múltiple, la licencia se ampliará en dos semanas más. |
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Fondos de Cesantía |
Todo empleador, que según la ley esté obligado a pagar cesantías, debe pagar a sus trabajadores un interés sobre las mismas equivalente al 12% anual, independientemente del sistema que para liquidar y pagar el auxilio de cesantía cobije a cada trabajador. Esta obligación está vigente desde la Ley 52 de 1975. |
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Liquidación del trabajo extra o suplementario |
El trabajo extra es el que excede de la jornada ordinaria y, en todo caso, el que excede de la máxima legal. Esta labor se debe autorizar previamente y tiene una retribución especial según sea diurna o nocturna. |
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Salario Mínimo |
El salario mínimo legal sustituye automáticamente cualquier salario inferior que se haya estipulado o que se estipule. En consecuencia, nadie puede devengar un salario inferior al mínimo legal mientras labore la jornada completa y una vez dictado el nuevo salario debe procederse al respectivo ajuste. |
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Modalidades de remuneración |
Pactos no salariales, ¿Cómo se pacta por unidad de tiempo y por unidad de obra?, El salario toma denominaciones particulares según se pacte por días o por períodos mayores, ¿Qué es el salario integral? ... |
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Salarios - Conceptos salariales |
El empleador y el trabajador pueden convenir libremente el salario en sus diversas modalidades: mínimo, integral, en dinero y en especie o según la forma de pago por unidad de tiempo, por hora, semana, quincena, etc., pero respetando siempre el salario mínimo legal o el fijado en los pactos, convenciones colectivas y fallos arbitrales. |
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